Servicios en prevención de Riesgos

¿Necesitas un sistema de gestión? ¿Fuiste fiscalizado? Acá te podemos ayudar con los siguientes servicios de asesorías:

Cumplimiento al decreto supremo N° 40: Obligación de Informar Riesgos Profesionales.

Este servicio consiste en desarrollar el listado de riesgos a los que se exponen sus trabajadores, medidas preventivas y realizar su difusión.

El Art 21° del Decreto Supremo N° 40 establece que los empleadores deben informar oportunamente a sus trabajadores sobre los peligros y riesgos que entrañan sus labores, así como también respecto a las medidas preventivas y los métodos de trabajo correctos. Lo anterior en función de la actividad que realice la organización. El medio verificador de este apartado es el registro de capacitación por cada trabajador junto con su  “descriptor de cargo”. Recordemos además que los riesgos son diferentes para cada puesto de trabajo.  ¿Por qué es importante? Tener trabajadores informados respecto a los peligros, riesgos, medidas de prevención y los métodos correctos de trabajo, permite que ellos puedan saber y entender a lo que exponen cuando trabajan, así como las acciones que deben realizar para evitar accidentes y enfermedades durante sus jornadas labores.

Cumplimiento al art.67 de ley 16744: Reglamentos Internos.

Este servicio consta en desarrollar el Reglamento Interno que Todas las empresas, sin importar el número de trabajadores, deben tener de acuerdo a lo que la Ley 16.744 establece. Adicionalmente, quienes cuenten con 10 o más trabajadores deben sumar aspectos de orden interno. El servicio contempla elaboración y difusión de este.

El Reglamento Interno (o RIOHS como suele abreviarse) es un documento interno de cada empresa, en donde se establecen los lineamientos básicos de seguridad, convivencia, resolución de conflictos, procedimientos de reclamo/denuncias, información contractual, horarios, feriados legales, obligaciones, prohibiciones, sanciones etc. Es de suma importancia pues es una herramienta que sirve para establecer la forma en la que nos relacionamos con el entorno. Cabe destacar que ningún RIOHS está por sobre la normativa vigente, por lo que el Empleador debe asegurarse de que el contenido de este documento sea lo más completo posible. El servicio de Reglamentos Internos dependerá de 2 factores: N° de trabajadores y proceso productivo. Conociendo estos factores seremos capaces de elaborar un documento que se ajuste a su realidad. De manera conjunta se deberá tener (como medio verificador) el registro de recepción de este documento por parte del trabajador + su correspondiente capacitación. Todo eso lo puedes encontrar en Reduciendo Riesgos SpA..

Cumplimiento al art. 48 del decreto supremo N° 594: Entrenamiento teórico/práctico de extintores

En todo lugar de trabajo donde exista riesgo de incendio, deberá haber extintores adecuados y el personal deberá estar capacitado/instruido en su uso.

Sabemos que determinar el número, posicionamiento, potencial de extinción o tipo de extintor puede hacerse complicado si no manejamos los conceptos en los artículos 44 al 52 del D.S. N° 594/1999 y los lineamientos generales del D.S. N°44/2018 que “Aprueba el reglamento que establece requisitos de seguridad y rotulación de extintores portátiles”. Este servicio consta en hacer un levantamiento respecto a los metros cuadrados de superficie que abarca vuestra empresa/organización, junto con determinar cuales serán los elementos que existen en esos ambientes (puede variar entre papel, cartón, plásticos, equipos eléctricos/electrógenos, sustancias químicas, aceites de cocina, etc.). Nuestro equipo de profesionales te ayudará a establecer el numero de extintores según distanciamiento y la tipología de este. Además se ofrece el servicio de capacitación teórica (online/presencial) y práctica (solo presencial) en donde tu y tus trabajadores aprenderán los aspectos técnicos y procedimentales del uso de extintores.

Confección de MATRIZ “IPER”: Identificación de Peligros y evaluación de Riesgos

¿Te gustaría tener una visión MACRO de los procesos que realizan en tu empresa? La Matriz IPER o M.I.P.E.R. es una herramienta sumamente útil para identificar los peligros de cada etapa de tu proceso productivo y evaluar el método de control del riesgo.

La M.I.P.E.R. es un documento indispensable y a la vez fiscalizable según el “Formulario Único de Fiscalización FI-4” que utiliza la Dirección del Trabajo y SEREMI. Corresponde a un estudio cuantitativo pues, se procede a determinar cada etapa de los procesos productivos y asignarle un valor numérico respecto a su probabilidad, consecuencia y criticidad. Este análisis ayuda a las líneas de mando a implementar cambios/mejoras respecto a las tareas consideradas como “críticas” y a la vez tener un mayor control sobre estas. La metodología que utilizamos en Reduciendo Riesgos SpA se basa en la aplicación del “Compendio de normas del seguro social de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales” en su letra C “Identificación de peligros y evaluación de riesgos en centros de trabajo”

Plan anual de prevención de riesgos laborales

Elaboración de cronograma anual de actividades relacionadas a prevención de riesgos (capacitaciones, exámenes ocupacionales, evaluaciones ambientales, mantenimientos preventivos, aplicación de protocolos MINSAL etc.). El objetivo es establecer fecha y responsables de cada actividad que sea potencialmente fiscalizable .

Definir todas las actividades relacionadas a la aplicación de la Ley 16744 suele hacerse difícil si no contamos con un “Plan anual de prevención de riesgos” pues es acá donde, según la realidad de cada empresa/organización, se debe desglosar todas aquellas actividades que vayan en PRO de la cultura de seguridad. Algunas de estas actividades son, por ejemplo, determinar cada cuanto tiempo se realizará la actualización de documentos internos, capacitaciones de seguridad o cada cuanto los trabajadores se someterán a evaluaciones físicas/de salud. El objetivo de este plan es, además, determinar quien será el responsable de su ejecución (Asesor en prevención, Supervisores o Mutuales). Dicho plan deberá ser aprobado y firmado por el Representante Legal pues representa un compromiso a nivel interno. IMPORTANTE: Cada actividad ya realizada, deberá contar con un medio verificador que respalde la realización de dicha actividad (Ej: Si establecemos que, durante el primer semestre del año se realizarán 2 capacitaciones, debemos contar con los registros firmados por los trabajadores). El Plan anual de prevención no es solo un documento, es parte de la planificación integral de cada empresa.

Plan de emergencia / Gestión de desastres

Contar con un procedimiento simplificado de evacuación ante situaciones de emergencia te ayudará a proteger a tu personal, tu patrimonio y el medio ambiente. Será obligatorio para empresas, instituciones y condominios así como su correcta difusión y entrenamiento.

Existen numerosas situaciones que pueden ser catalogadas como emergencias: Derrames químicos o intoxicación por ellos, catástrofes naturales (incendio, terremoto o inundación), accidentes graves/fatales, etc. Para cada uno de ellos, los empleadores, deberán proponer un procedimiento o metodología para que el personal siga en caso de materializarse y así evitar que los daños aumenten. Cabe destacar que, para aquellas empresas que almacenen Sustancias Peligrosas (Según NCh. 382) deberán adecuarse al formato establecido en el Art. 190 del D.S. N°43/2016. La difusión de este documento deberá ser a todos los niveles de la empresa a fin de programar, a lo menos, 1 simulacro por año para mantener al personal entrenado. La prevención de desastres naturales es vital para disminuir el número de fatalidades.

Procedimientos de trabajo seguro (P.T.S.).

Documento secuencial que establece el método más efectivo para realizar una tarea crítica/riesgosa. Debe ser elaborado en conjunto con las líneas de mando y los trabajadores. La difusión de PTS puede ser a través de charlas de inducción o capacitaciones personales o grupales.

Un procedimiento de trabajo seguro es un documento que describe cómo realizar una tarea o actividad específica de manera segura y saludable en el lugar de trabajo. Su objetivo es minimizar o eliminar los riesgos asociados a la tarea o actividad y garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. En Chile, los procedimientos de trabajo seguro son obligatorios y se deben implementar en todas las empresas, independientemente del sector o tamaño de la empresa. Son importantes para ayudar a prevenir accidentes, enfermedades y riesgos laborales, a mantener un ambiente de trabajo saludable y seguro, y a cumplir con las normativas y regulaciones de seguridad y salud ocupacional en Chile. Además, el proceso de trabajo seguro fomenta una cultura de seguridad y responsabilidad en las empresas y los trabajadores, lo que mejora el clima laboral y la productividad. Cada una de las actividades consideradas como críticas (según MIPER) deberán ser objeto de un procedimiento.

Carpetas de arranque

¿Postulaste a una licitación y no cumples con los requisitos documentales que acrediten tu cumplimiento laboral? En Reduciendo Riesgos SpA ofrecemos el servicio de carpetas de arranque la cual contendrá toda la documentación ligada a prevención de riesgos laborales en Chile.

Este servicio contempla la elaboración de una carpeta integral que contendrá los documentos más comúnmente exigidos por las empresas principales como por ejemplo: Reglamentos internos de orden higiene y seguridad, procedimientos de trabajo seguro para tareas críticas, plan de emergencias y desastres naturales, Matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos, programas/planes anuales de prevención, Certificados de accidentabilidad/siniestralidad/frecuencia y gravedad, Interlocución entre tu empresa y tu Organismo Administrador del Seguro, Cumplimiento de protocolos MINSAL, Charla ODI (obligación de informar los riesgos laborales), Registros de entrega de EPP, capacitaciones o cualquier otro documento específico que te soliciten al momento de realizar un trabajo en una faena externa. El trabajo incluye las capacitaciones y registros firmados por todos los trabajadores que acreditan la difusión las cuales pueden ser presenciales o virtuales

Visitas a terreno más reporte estadístico mensual y plan de acción

Ofrecemos la modalidad de visitas inspectivas y evaluativas en tu empresa u organización, la cual está asociada a un informe de brechas observadas, sus métodos para subsanarlas y los responsables de gestionar las mejoras. Contrata tu servicio de manera semanal o mensual según sea tu necesidad.

Para el caso de aquellas empresas catalogadas como PYME, es común que no cuenten con un departamento de prevención de riesgos o algún profesional de área que se encargue de la elaboración de documentos o inspecciones evaluativas de las condiciones de trabajo. En Reduciendo Riesgos SpA podemos ser tus asesores y ayudarte a cumplir con todas las leyes relacionadas a seguridad ocupacional en los tiempos que USTED estime conveniente. Este servicio incluye la visita de un profesional idóneo el cual realizará un levantamiento de información a nivel MACRO respecto a la forma en que realizan su proceso productivo. Posteriormente se realizará un informe de brechas respecto a potenciales situaciones peligrosas o fiscalizables que el cliente deberá subsanar en el corto o mediano plazo. Si contrata el servicio de manera mensual, se ofrece además un contacto directo de manera telemática entre visitas. Como empresa tenemos alcance a nivel nacional previa evaluación económica con nuestra área contable.

Constitución y asesoría para comités paritarios (Cumplimiento al Art. 66 de la Ley 16744)

Si tienes más de 25 trabajadores en tu empresa, estás obligado a conformar un Comité Paritario de Higiene y Seguridad (C.P.H.S.) que es una instancia de dialogo y acuerdos entre empleador y trabajadores en materias de seguridad ocupacional.

Nuestra legislación laboral contempla al D.S. N°54 el cual “Aprueba el reglamento para la constitución y funcionamiento de los C.P.H.S.” junto con el Art. 66 de la Ley 16744, como los ejes principales cuando hablamos de comités paritarios. ¿Qué son? Corresponden a una instancia LEGAL en la que se definen 3 representantes de los trabajadores + 3 representantes del empleador (y sus respectivos reemplazos) por medio de votación popular. Este grupo selecto de personas tendrá derecho a reunirse, a lo menos, 1 vez al mes durante 1 hora en la que se discutirán temas relacionados a seguridad ocupacional, investigación de accidentes laborales ocurridos en su empresa, mejoramiento en condiciones mínimas en ambientes de trabajo entre otros. Los acuerdos a los que se llegan en las reuniones deberán ser comunicadas al empleador para que este destine los recursos necesarios para su cumplimiento. En Reduciendo Riesgos SpA podemos asesorar su empresa, implementar el CPHS y asesorar a sus integrantes a fin de seguir los protocolos indicados en el D.S. N°54

Investigación de accidentes

Ninguna empresa está libre de sufrir accidentes de trabajo/trayecto del cual se desprende, por obligación, de una investigación que determine las causas con el fin de evitar su ocurrencia.

Todos los accidentes que ocurren en un lugar de trabajo deben ser investigados y registrados, aun cuando generen consecuencias muy leves. Esto, considerando que cerca de un 20% del total de accidentes que ocurren en las organizaciones (con y sin tiempo perdido) tienen potencial de haber terminado en una lesión grave o haber provocado la muerte de una persona. El peritaje de los accidentes laborales permite evitar la repetición de ellos, ya que identifica las causas que lo originaron. Este procedimiento implica indagar, analizar y registrar toda la información relacionada al hecho, con la finalidad de implementar medidas preventivas y/o correctivas. La investigación de accidentes laborales y de enfermedades profesionales, es una obligación de los comités estipulada en el D.S. N° 54 y D.S. N° 76. Ahí se señala que es esta entidad la encargada de llevar a cabo un procedimiento que permita esclarecer de qué forma y por qué ocurrió un accidente del trabajo o enfermedad profesional.

Asesoría en protocolos MINSAL

Anualmente el Ministerio de Salud, a través de los organismos administradores de la Ley (ACHS, IST, MUTUAL o ISL) exige el cumplimiento de estos protocolos los cuales son el reflejo del cumplimiento del Art. 184 del Código del Trabajo el cual nos dice que “El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud del trabajador”.

Dentro del contexto de fiscalización laboral, por experiencia sabemos que estos protocolos siempre son exigidos por las autoridades pues, se conoce el riesgo potencial que tiene, por ejemplo, el ruido ocupacional a largo plazo. Los protocolos MINSAL corresponden a evaluaciones cualitativas y cuantitativas respecto de: Silicosis, Ruido ocupacional, Trastornos Musculo-esqueléticos, Manejo manual de Carga, Factores Psicosociales (salud mental) y radiación U.V. El conducto regular para la implementación de estos protocolos es a través de su mutual respectiva, quienes se pondrán en contacto con usted para el desarrollo de cada etapa. En Reduciendo Riesgos SpA nos ofrecemos a ser tu contacto directo con la mutual para el desarrollo de estos, respetando los plazos del organismo administrador de la ley y así ayudarte a difundir este requerimiento. Ten en consideración que los tiempos de implementación no son menores, pues requieren de mucho trabajo y movilización de recursos al interior de las empresas.